AMPLIACIÓN DE PERMANENCIA 2026-2027
De acuerdo con el artículo 10. 1 de la Orden ECD/1340/2018, de 24 de julio, “para superar los niveles Básico, Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1 y Avanzado C2, el alumnado dispondrá del doble de los años establecidos para cada nivel, según los cursos del nivel que le quede por cursar a partir del que se incorpore a las enseñanzas”.
La permanencia en enseñanzas, a estos efectos, comienza a contabilizarse desde el curso 2023-2024. (No se tienen en cuenta los cursos anteriores, al haberse paralizado la aplicación de la Orden citada desde 2019-2020 a 2022-2023).
Por tanto, para el curso 2026-2027 pueden haber superado el doble de los años establecidos para cada nivel los alumnos oficiales que estuvieran matriculados en 2025-2026.
Una vez agotado el límite de permanencia, el alumno o alumna no podrá continuar sus enseñanzas en la modalidad oficial presencial o semipresencial en ese idioma y nivel en ninguna escuela de la Comunidad Autónoma de Aragón, pero podrá cursar la modalidad libre o, en su caso, a distancia. En caso de que el alumno o alumna superase dicho nivel en la modalidad libre o a distancia, podrá reincorporarse al nivel que le corresponda participando en el proceso de admisión anual en las enseñanzas de idiomas de régimen especial.
Cuando se haya agotado el límite de permanencia en un idioma y nivel, el alumnado podrá solicitar la ampliación de un curso más siempre que exista causa debidamente justificada, establecida en el artículo 54 del RRI de la Escuela, que hubiera impedido el normal desarrollo de los estudios. El alumnado presentará la solicitud recogida en el anexo VIII (PDF) dirigida a la directora de la escuela, que será quien resuelva. En caso de que esta Resolución fuera negativa, podrá recurrirse en alzada al director o directora del Servicio Provincial competente en materia de educación.
La solicitud de ampliación de la permanencia en estas enseñanzas se podrá realizar una única vez por idioma y nivel y se concederá para el curso académico siguiente al de haber agotado el límite de permanencia.
ANEXO VIII (PDF autorrellenable)
| FECHAS | |
| Solicitud | Del 14 al 18 de septiembre |
| Resolución: | 21 de septiembre (14:00h) |
| Matriculación de alumnos a quiénes se les ha concedido el tercer año de permanencia: | 22 de septiembre (presencialmente en las oficinas del centro). |
